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De conformidad con la Disposición Final del Reglamento de la Ley de los Consejos de Consulta, la Subsecretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior ha emitido los siguientes lineamientos destinadas para la realización del próximo proceso de elección de los miembros del Consejo de Consulta:
Horario:
Las elecciones se realizarán en el siguiente en el siguiente horario
08:30 horas – Instalación del proceso electoral y sorteo del Comité Electoral
09:00 horas – Conformación del Comité Electoral y registro de candidaturas
09:30 horas – Inicio del proceso electoral
17:00 horas – Cierre del proceso electoral e inicio del “conteo simple de votos” para calificación del quórum y de ser el caso, ulterior escrutinio de la votación
Secuencia de Actividades:
- El día de la elección, a la hora de inicio de la convocatoria se procederá a la siguiente manera:
- Al momento de ingresar al local donde se llevará a cabo elección se realizará el proceso de Identificación y verificación del DNI por parte del personal del Consulado. Solo podrán ingresar a votar aquellos connacionales que cuenten con el DNI vigente con domicilio en la circunscripción consular de La Plata.
Una vez dentro del local donde se deberá realizar la elección, estará
permitido que los pre-candidatos difundan, entre la concurrencia, material
relativo a sus planes de trabajo.
- A cada connacional hábil para votar se le entregará de un (1) ticket numerado para el sorteo del Comité Electoral. El Cónsul General del Perú procederá a realizar el sorteo para constituir el Comité Electoral. Cada connacional sorteado será consultado públicamente y de manera inmediata por el Cónsul en el sentido de si acepta el encargo. De producirse respuesta negativa se continúa con el sorteo hasta completar el Comité Electoral.
- Una vez instalado el Comité Electoral, este pasará a dirigir las actividades recibiendo del Cónsul el siguiente material electoral:
- Un ánfora grande.
- Un número suficiente de papeletas (con recuadro en blanco) para la
elección de los miembros del Consejo de Consulta (nominados, sellados,
fechados, firmados y numerados por el Consulado).
- Acto seguido y en el mismo lugar, el Comité Electoral, recibirá y
registrará las candidaturas previa verificación de los requisitos exigidos
para postular.
- Seguidamente el Comité Electoral registrará en una pizarra o panel
visible los nombres de los candidatos debidamente inscritos, asignando a
cada uno de ellos un número correlativo.
- Se procederá a la votación para lo cual los electores
escribirán en la boleta de votación que previamente les fuera entregada por
el Comité Electoral, el número del candidato de su preferencia,
luego depositarán ordenadamente el voto en el ánfora, en presencia del Comité Electoral, abandonando el recinto de votación. En orden se recibirán los votos de aquellos que vayan llegando – previa verificación por parte del Comité Electoral antes del
- Terminado el sufragio el Comité Electoral dará por concluido el
proceso de votación y procederá al conteo simple de los votos emitidos. De
no alcanzarse el número mínimo de votantes – y sin necesidad de realizar el
escrutinio – el Comité Electoral dará por concluido el proceso, declarando
desierta la elección, y consignará este hecho en actas a ser transmitidas a
la Cancillería.
- De alcanzarse el número mínimo requerido de votos, se procederá al
escrutinio de los mismos en forma pública y en voz alta.
- Concluido el escrutinio el Comité electoral proclamará a los ciudadanos que
hayan obtenido la mayor votación para las vacantes disponibles y conformará
el Consejo de Consulta, hecho que será consignado en actas por dicho
Comité.
Los conacionales interesados en postular deberán informar por escrito al Cónsul General, su voluntad de presentar su candidatura para ser miembros del Consejo de Consulta, manifestando que cumplirán estrictamente con los requisitos para postular como candidato al Consejo, dispuestos en el Articulo 19ª del Reglamento, DS Nº 057-2010-RE. Asimismo, en la citada comunicación podrán solicitar que se difunda en el local de la Oficina Consular dicha candidatura. Los miembros de la comunidad peruana residentes en una circunscripción consular podrán colaborar en la difusión de la convocatoria de la elección de los Consejos de Consulta.
La Plata 11 de junio de 2010.
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